La Comisión Europea (en adelante CE) sancionó a Google con 2.420 millones de euros por abuso de posición dominante en las búsquedas por internet (su cuota es del 90%), al entender que ha dado preferencia en éstas a su propio comparador de precios (Google Shopping) respecto a los de la competencia. Ha sido la mayor sanción que la comisión ha impuesto, y representa para Google casi un 13,71% de los beneficios netos que obtuvo fuera de Estados Unidos durante el año pasado.
Tras más de siete años con este expediente, la CE considera finalmente que desde 2008 Google:
- Ha dado preferencia de manera sistemática a su comparador de precios en las búsquedas.
- Ha bajado de posición al resto de comparadores rivales en los resultados de búsqueda.
¿Qué es un comparador de precios?
Originalmente un comparador de precios era aquel lugar que posibilitaba la comparación vía precio del mismo producto ofertado por diferentes tiendas. El comparador no vendía directamente el producto, sino que era un intermediario entre comprador y vendedor y cuyo modelo de negocio era el click final a la tienda elegida por el usuario. Actualmente, el modelo se amplía a numerosos servicios como vuelos, hoteles, trenes, autobuses etc.
Google vs Comparadores: origen del “Google Search Case”
En 2010, a raíz de las denuncias de varias compañías por supuestas prácticas abusivas de Google, entre las que se encuentran eJustice.fr, Ciao y Foundem.co.uk, la CE empezó a investigar este caso de manera preliminar por posibles problemas de competencia en el mercado de las búsquedas.
Lo que estas compañías venían a decir, tal y cómo se puede ver en esta respuesta de Foundem a Google, es que los resultados de las búsquedas favorecían a Google Shopping e incluso se reducía la aparición en las primeras páginas del resto de comparadores. Y no sería hasta 2015 cuando la comisaria de competencia la CE, Margrethe Vestager, pasara a emitir formalmente cargos contra la tecnológica.
Ya en noviembre del año pasado, Google respondía a dichas acusaciones alegando que no existía una correlación significativa entre la evolución de sus servicios de búsqueda y el rendimiento del resto de comparadores de precios, así cómo que competían con el universo Amazon, no con los comparadores.
Idea que el mismo 27 de junio de 2017, Kent Walker (Vicepresidente de Google) reiteraba: “no puede hablarse de abusos monopolísticos en un mercado en el que están compitiendo con otros gigantes como Amazon o eBay”. Y que la CE no compartía, ya que según Vestager, no encontraban argumentos que demostraran que Google Shopping esté en competencia con Amazon y eBay y similares ya que “son diferentes […] Amazon podría ser un cliente de Google Shopping pero no otro comparador de precios”.
A pesar de que la sentencia es firme (Google tiene 90 días para cumplirla y sopesa recurrirla), y que de no hacerlo deberá pagar el importe que corresponda del 5% del volumen mundial de negocio diario de Alphabet (su matriz), este complejo caso nos deja algunas preguntas.
¿Creéis que Google realmente ha ejercido un abuso de posición dominante en este tema?, ¿no es por otro lado su plataforma y debe gestionarla como le convenga?, ¿cuál es el límite?
¿Existen esta clase de conflictos en otro tipo de empresas de las llamadas GAFA (Google Amazon, Facebook, Apple)?, ¿veremos más de este tipo en el futuro?, ¿deberían este tipo de empresas aumentar su portfolio de productos y servicios cuando entran en conflicto con su propio modelo de negocio siendo a la vez juez y parte?
¿Qué opináis?